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220-88. Restaurantes nuevos.

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220-88. Restaurantes nuevos. Se permite hacer el cálculo de la carga del alimentador de un restaurante nuevo cuando el alimentador suministra la carga total, seg ún se indica en la Tabla 220-88 en lugar de la Parte C de este Artículo. La protección contra sobrecarga de los conductores debe cumplir lo establecido en y . No se requiere que los conductores del alimentador sean de mayor ampacidad que los de la acometida. Los conductores del alimentador cuya carga sea determinada por este cálculo opcional, pueden tener la carga del neutro determinada como se indica en .

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