230-90(a) Conductores de fase. Dicha protección debe consistir en un dispositivo contra sobrecorriente en serie con cada conductor de fase de acometida que tenga una capacidad o ajuste no mayor que la ampacidad del conductor. Se entiende por conjunto de fusibles a todos los fusibles necesarios para proteger todos los conductores de fase de un circuito. Los interruptores automáticos de un polo agrupados según lo establecido en , se deben considerar como un dispositivo de protección.
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Excepción 1: Para corrientes de arranque de motores, se permiten capacidades que cumplan lo establecido en , y .
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Excepción 2: Los fusibles e interruptores automáticos con una capacidad o ajuste que cumpla lo establecido en o y en .
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Excepción 3: Se permiten de dos hasta seis interruptores automáticos de circuito o juegos de fusibles como dispositivo de protección contra sobrecorriente. Se permite que la suma de las capacidades de los interruptores automáticos o fusibles supere la ampa cidad de los conductores de acometida, siempre que la carga no supere la ampacidad de los mismos.
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Excepción 4: El dispositivo de protección contra sobrecorriente de los conductores de recepción del suministro para bombas contra incendios debe cumplir con .
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Excepción 5: Se permitirá la protección contra sobrecarga en la recepción del suministro monofásico de 3 hilos, 120/240 volts para viviendas, de acuerdo con .