250-164. Punto de conexión para sistemas de corriente continua.
a) Fuente de suministro fuera del inmueble. Los sistemas de corriente continua que deben ser puestos a tierra y que se alimenten desde una fuente fuera del inmueble, deben tener la conexión de puesta a tierra en una o más estaciones de suministro. No se debe hacer una conexión de puesta a tierra en acometidas individuales ni en ningún punto del alambrado del inmueble.
b) Fuente de suministro en el inmueble. Si la fuente de suministro del sistema de corriente continua está localizada dentro del inmueble, se debe hacer una conexión de puesta a tierra en uno de los siguientes:
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(1) La fuente de suministro.
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(2) En el primer medio de desconexión o dispositivo de sobrecorriente del sistema.
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(3) Por otro medio que logre una protección equivalente al sistema y utilic e equipo identificado y aprobado para ese uso.