250-174. Cajas de instrumentos, medidores y relevadores que operan a menos de 1000 volts.
Los instrumentos, medidores y relevadores que operancon sus devanados o partes activas a menos de 1000 volts, se deben conectar al conductor de puesta a tierra de equipos, tal como se especifica en (a), (b) o (c) siguientes.
a) No instalados en tableros de distribución. Los instrumentos, medidores y relevadores no instalados en tableros de distribución, que operancon devanados o partes activas a 300 volts o más a tierra, y son accesibles al personal no calificado, deben tener sus carcasas y otras partes metálicas expuestas conectadas al conductor de puesta a tierra de equipos.
b) En tableros de distribución de frente muerto. Los instrumentos, medidores y relevadores (operados desde transformadores de corriente y de potencial o conectados directamente en el circuito), en tableros de distribución de frente muerto, deben tener las carcasas conectadas al conductor de puesta a tierra de equipos.
c) En tableros de distribución de frente vivo. Los instrumentos, medidores y relevadores (operados desde transformadores de corriente y de potencial o conectados directamente en el circuito), en tableros de distribución que tienen partes vivas expuestas al frente de los tableros, no deben tener las carcasas conectadas al conductor de puesta a tierra de equipos. Se deben proporcionar al operador tapetes aislantes, u otro aislamiento de piso adecuado, si la tensión a tierra es mayor que 150 volts.