250-22. Circuitos que no se deben poner a tierra. Los siguientes circuitos no deben ser puestos a tierra:
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(1) Circuitos para grúas eléctricas que operan sobre fibras combustibles en lugares Clase III, como se establece en .
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(2) Circuitos en lugares de atención a la salud, como se establece en y .
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(3) Circuitos para equipo dentro de la zona de trabajo de celdas electrolíticas, como se establece en el Artículo 668.
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(4) Circuitos secundarios de sistemas de alumbrado, como se establece en .
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(5) Circuitos secundarios de sistemas de alumbrado, como se establece en .