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250-52. Electrodos de puesta a tierra.

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250-52. Electrodos de puesta a tierra.

a) Electrodos permitidos para puesta a tierra.

  • 1) Tubería metálica subterránea para agua. Una tubería metálica subterránea para agua, que está en contacto directo con la tierra 3.00 metros o más (incluido el ademe metálico del pozo unido a la tubería) y eléctricamente continua (o convertida en eléctricamente continua al hacer la unión alrededor de las juntas aislantes o de la tubería aislante) hasta los puntos de conexión del conductor del electrodo de puesta a tierra y a los conductores o puentes de unión, si se instalan.

  • 2) Acero estructural del edificio o estructura. El acero estructural de un edificio o estructura, cuando está conectada a la tierra mediante uno o más de los siguientes métodos:

  • (1) Cuando menos un elemento metálico estructural está en contacto directo con la tierra 3.00 metros o más, con o sin recubrimiento de concreto - (2) Los tornillos de sujeción que sostienen la columna de acero estructural, conectados a un electrodo recubierto de concreto que cumple con el inciso (3) siguiente y está localizado en los pilotes o en la cimentación. Los tornillos de sujeción deben estar conectados al electrodo recubierto en concreto por medio de soldadura autógena o eléctrica, soldadur a exotérmica, alambres de amarre de acero, o por otros medios aprobados.

  • 3) Electrodo recubierto en concreto. Un electrodo recubierto en concreto debe consistir de al menos 6.00 metros de lo indicado en (1) o (2):

  • (1) Una o más barras o varillas de refuerzo de acero desnudas o galvanizadas con zinc u otro recubrimiento eléctricamente conductor, de no menos de 13 milímetros de diámetro e instaladas en una longitud continua de 6.00 metros, o por varias piezas conectadas entre sí por conductores de amarre de acero, por soldadura exotérmica, soldadur a autógena o eléctrica, u otros medios efectivos para crear una longitud de 6.00 metros o mayor; o - (2) Conductor desnudo de cobre tamaño no menor que 21.2 mm 2 (4 AWG). Los componentes metálicos deberán estar recubiertos de concreto con espesor mínimo de 5 centímetros y deberán estar ubicados horizontalmente dentro de una porción del concreto de la cimentación o de las zapatas que estén en contacto directo con la tierra. Si hay varios electrodos recubiertos de concreto en un edificio o estructura, se permitirá la unión de sólo uno de ellos en el sistema de electrodos de puesta a tierra.

NOTA: No se considera “en contacto directo” con la tierra el concreto instalado con aislamiento, barreras de vapor, películas aislantes o similares, que separen el concreto de la tierra.
  • 4) Anillo de puesta a tierra. Un anillo en contacto directo con la tierra, que rodea el edificio o estructura, con una longitud mínima 6.00 metros de conductor de cobre desnudo de tamaño 33.6 mm2 (2 AWG) o mayor.

  • 5) Electrodos de varilla y tubería. Los electrodos de varilla y tubería no deben tener menos de 2.44 metros de longitud y deben estar compuestos de los siguientes materiales:

    • a. Los electrodos de puesta a tierra de tubería o tubo conduit no deben ser menores de la designación 21 (tamaño comercial de ¾) y, si son de acero, su superficie exterior debe ser galvanizada o debe tener otro recubrimiento metálico para protección contra la corrosión.

    • b. Los electrodos de puesta a tierra tipo varilla de acero inoxidable o de acero recubierto con cobre o zinc deben tener como mínimo 16 milímetros de diámetro.

  • 6) Otros electrodos. Se permitirán otros electrodos de puesta a tierra aprobados.

  • 7) Electrodos de placa. Cada electrodo de placa debe tener como mínimo 0.20 m2 de superficie expuesta al suelo. Los electrodos de placas de hierro o acer o, desnudos o con recubrimiento conductivo, deben tener un espesor mínimo 6.40 milímetros. Los electrodos sólidos de metal no ferroso, no recubiertos, deben tener como mínimo 1.52 milímetros de espesor.

  • 8) Otros sistemas o estructuras metálicas subterráneas locales . Otros sistemas o estructuras subterráneas metálicas locales, tales como sistemas de tuberías, tanques subterráneos y el ademe metálico de pozos subterráneos que no están unidos a una tubería metálica para agua.

b) No permitido para su uso como electrodos de puesta a tierra . Los siguientes sistemas y materiales no se deben utilizar como electrodos de puesta a tierra:

  • (1) Sistemas de tubería metálica subterránea para gas.

  • (2) Aluminio NOTA: Ver para los requisitos de unión con la tubería para gas.