250-92. Acometidas.
a) Unión de equipos de acometidas. Las partes metálicas que normalmente no son portadoras de corriente, del equipo indicado en (1) y (2) siguientes, se deben unir entre sí.
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(1) Todas las canalizaciones de acometidas, charol as para cables, chasís para cablebus, canaletas auxiliares, o, el forro o armadura del cable de acometida, que contienen o soportan conductores de acometida, excepto como se permite en .
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(2) Toda las envolventes que contienen conductores de acometida, incluidos accesorios de medidores, cajas o similares, insertados en la canalización o armadura de acometida.
b) Método de unión en la acometida. Los puentes de unión que reúnan los requerimientos de este Artículo se deberán utilizar alrededor de conexiones desiguales tales como, reducciones o aumentos y discos removibles concéntricos o excéntricos. Las reducciones o contratuercas no deberán ser los únicos medios de unión requeridos por esta sección, pero se permitirá que se instalen para hacer la conexión mecánica de las canalizaciones. La continuidad eléctrica en el equipo, las canalizaciones y las envolventes de conductores de acometida se debe asegurar por uno de los siguientes métodos:
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(1) Unión del equipo al conductor puesto a tierra de acometida, de la manera indicada en .
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(2) Conexiones que utilizan coples roscados o conectores roscados en envolventes, si el apriete se hace con llave.
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(3) Coples y conectores sin rosca, si se requiere un apriete para canalizaciones metálicas y cables con armadura metálica.
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(4) Otros dispositivos, tales como contratuercas y monitores del tipo de unión o monitores con puentes de unión.