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310-120(B)(1)

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  • 1) Marcado en la superficie. Los siguientes conductores y cables se deben marcar en su superficie en forma indeleble. El tamaño nominal se deben repetir a intervalos no superiores a 60 centímetros Todas las demás marcas se deben repetir a intervalos no superiores a 1.00 metro:

  • (1) Cables y alambres de uno o varios conductores, con aislamiento de goma o termoplástico.

  • (2) Cables con forro no metálico.

  • (3) Cables de acometida.

  • (4) Cables de alimentadores y circuitos derivados subterráneos.

  • (5) Cables para charolas portacables.

  • (6) Cables para equipos de riego.

  • (7) Cables de potencia limitada para charolas portacables.

  • (8) Cables de instrumentación para charolas portacables.