312-8. Envolventes para interruptores y dispositivos de protección contra sobrecorriente con empalmes, derivaciones y conductores de paso de alimentación. Se permitirá el espacio del alambrado de los envolventes para interruptores o dispositivos de protección contra sobrecorriente para conductores de paso, empalmados o derivados a otros envolventes, interruptores o disitivos de protección contra sobrecorriente, donde se cumplan las siguientes condiciones:
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(1) Todos los conductores instalados en cualquier sección transversal del espacio de alambrado no excede del 40 por ciento del área de la sección transversal de dicho espacio.
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(2) El área total de todos los conductores, empalmes y derivaciones instalados en cualquier sección transversal del espacio del alambrado no excede del 75 por ciento del área de sección transversal de dicho espacio.
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(3) Se aplica una etiqueta de advertencia al envolvente que identifica el medio de desconexión más cercano para cualquier conductor de paso.