334-40. Cajas y accesorios a) Cajas de material aislante. Se permitirán las cajas de salida no metálicas, tal como establece .
b) Dispositivos de material aislante. Se permitirá usar los interruptores, salidas y dispositivos de derivación de material aislante sin cajas, en instalaciones visibles y para rehabilitación de instalaciones en edificios ya existentes, cuando el cable esté oculto y se jala con una guía. Las aberturas de dichos dispositivos deben ajustarse estrechamente alrededor de la cubierta exterior del cable y el dispositivo debe encerrar completamente la parte del cable que se le haya quitado la cubierta. Cuando las conexiones a los conductores se hagan mediante terminales de tipo tornillo, debe haber tantas terminales como conductores haya.
c) Dispositivos con envolvente integral. Se permitirá utilizar dispositivos de alambrado con envolventes integrales identificados para ese uso, tal como establece .