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340-12. Usos no permitidos.

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340-12. Usos no permitidos. No se deben usar los cables tipo UF de las siguientes maneras:

  • (1) Como cables de acometida.

  • (2) En garajes comerciales.

  • (3) En teatros y lugares similares.

  • (4) En estudios cinematográficos.

  • (5) En cuartos de baterías de acumuladores.

  • (6) En fosos de ascensores, elevadores o escaleras mecánicas.

  • (7) En lugares peligrosos (clasificados), excepto como se permita específicamente en otros Artículos de esta NOM.

  • (8) Incrustados en cemento vaciado, concreto o agregado, excepto cuando esté incrustado en el recubrimiento como terminales no calefactores, cuando lo permita .

  • (9) Cuando estén expuestos a la luz directa del sol, excepto si están identificados como resistentes a la luz del sol.

  • (10) Cuando estén sometidos a daño físico.

  • (11) Como cable aéreo, excepto cuando se instal e como un alambrado soportado por mensajero, de acuerdo con la Parte B del Artículo 396.