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348-20(a) Mínimo.

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348-20(a) Mínimo. No se debe utilizar tubo conduit metálico flexible (FMC) con designación métrica menor a 16 (tamaño comercial de1/2), excepto lo permitido en 348-20( a)(1) hasta (a)(5) para la designación métrica 12 (tamaño comercial de ⅜):

  • (1) Para encerrar puntas de cables demotores, tal como lo permite .

  • (2) En tramos no superiores a 1.80 metros para cualquiera de los siguientes usos:

    • a. Para equipos de utilización.

    • b. Como parte de un ensamble aprobado.

    • c. Para conexiones en derivación a luminarias, tal como lo permite .

  • (3) Para sistemas de alambrado fabricado, como lo permite .

  • (4) En fosos de ascensores, como lo permite .

  • (5) Como parte de un ensamble aprobado, para conectar secciones de luminarias cableadas, como lo permite .