366-12. Usos no permitidos. Los canales auxiliares no se deben usar:
-
(1) Para alojar interruptores, dispositivos de protección contra sobrecorriente, aparatos ni otros equipos similares.
-
(2) Para extenderse más allá de 9.00 metros del equipo al que complementa.
- Excepción: Tal como lo permite para elevadores, se permitirá que un canal auxiliar se extienda en una distancia mayor a 9.00 metros más allá del equipo al que complementa.
NOTA: Para canalizaciones, véase los Artículos 376 y 378. Para electroductos (busway), véase el Artículo 368.