368-234. Barreras y sellos.
a) Sellos de vapor. Los tramos de electroductos o ductos con barras con secciones localizadas en el interior y en el exterior de un edificio, deben llevar en la pared del edificio un sello de vapor que impida el intercambio de aire entre las secciones del interior y del exterior.
- Excepción: No se exigirán sellos de vapor en electroductos o ductos con barras con enfriamiento forzado.
b) Barreras cortafuegos. Deben instalarse barreras cortafuegos cuando se penetren paredes, pisos o plafones.
NOTA: Véase , para información concerniente a la propagación del fuego o de los productos de la combustión.