376-10. Usos permitidos. El uso de los ductos metálicos se permitirá como a continuación se indica:
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(1) En instalaciones visibles.
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(2) En cualquier lugar peligroso (clasificado), ta l como lo permiten otros Artículos de esta NOM.
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(3) En lugares mojados donde los ductos estén aprobados para este propósito.
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(4) En espacios ocultos como extensiones que pasan transversalmente a través de paredes, si la longitud que cruza la pared es continua. El a cceso a los conductores se debe mantener en ambos lados de la pared.