384-10. Usos permitidos. Se permitirá instalar canalizaciones de canal tipo vigueta en:
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(1) En instalaciones visibles.
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(2) En lugares secos.
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(3) En lugares sometidos a vapores corrosivos, cuando estén protegidas por un acabado que se estime adecuado para esas condiciones.
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(4) En instalaciones cuya tensión sea de 600 volts o menos.
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(5) Como postes de fuerza.
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(6) En lugares peligrosos (clasificados) Clase I, División 2, tal como lo permite .
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(7) Como extensiones de tramos continuos a través de paredes, divisiones y pisos, donde las tapas son removibles en cualquiera de los lados, y la porci ón dentro de la pared, división o piso permanezca cubierta.
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(8) Se permitirán canalizaciones de canal ferroso y accesorios, protegidos contra la corrosión únicamente por esmalte, únicamente en espacios interiores.