404-13. Desconectadores de cuchilla.
a) Seccionadores. Los desconectadores de cuchilla con capacidad nominal mayor a 1200 amperes a 250 volts o menos, y a más de 600 amperes con tensión entre 250 y 600 volts, se deben utilizar únicamente como seccionadores y no se deben abrir bajo carga.
b) Interrupción de corrientes. Para interrumpir corrientes mayores a 1200 amperes a 250 volts nominales o menos, o mayores a 600 amperes con tens ión entre 250 y 600 volts nominales, se debe utilizar un interruptor automático o un desconectador con diseño especial aprobado para tal propósito.
c) Desconectadores para uso general. Los desconectadores de cuchilla con capacidad nominal menor a las que se especifican en 404-13(a) y (b) se deben considerar desconectadores para uso general.
d) Desconectadores para circuitos de motores. Se permitirá que los desconectadores para circuitos de motores sean de tipo desconectador de cuchilla.