410-140. Generalidades.
a) Aprobado. Los sistemas de alumbrado de descarga eléctr ica con tensiones de circuito abierto de más de 1000 volts, deben estar aprobados e instalados de conformidad con dicho aprobado.
b) En ocupaciones de vivienda. Los equipos con tensión de circuito abierto de más de 1000 volts no se deben instalar en unidades de vivienda ni sobre ellas.
c) Partes vivas. La terminal de una lámpara de descarga eléctrica se debe considerar como una parte viva.
d) Requisitos adicionales. Además de cumplir los requisitos generales para luminarias, los equipos de descarga eléctrica deben cumplir también con la Parte M de este Artículo.
NOTA: Para los anuncios eléctricos e iluminación de contorno, véase el Artículo 600.