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424-97. Puntas no calefactoras .

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424-97. Puntas no calefactoras . Se permitirá que los sobrantes de las puntas no calefactoras de los paneles o conjuntos de paneles de calefacción se corten a la longitud necesaria. Estos deben cumplir los requisitos de instalación del método de alambrad o empleado, de acuerdo con . Las puntas no calefactoras deben formar parte integral de un panel o conjunto de paneles de calefactores y no están sujetos a los requisitos de ampacidad de los circuitos derivados de .