424-98. Instalación en concreto o mampostería.
a) Area máxima calentada. Los paneles o conjuntos de paneles de calefacción no deben exceder los 355 watts/m 2 de área calentada.
b) Asegurados en sitio e identificados como adecuados. Los paneles o conjuntos de paneles de calefacción se deben asegurar en su sitio por los medios especificados en las instrucciones del fabricante e identificados como adecuados para la instalación.
c) Juntas de expansión. Los paneles o conjuntos de paneles de calefacción no se deben instalar haciendo puente sobre juntas de expa nsión, a menos que se hagan las previsiones para la dilatación y la contracción.
d) Separación. Se debe mantener una separación entre los paneles o conjuntos de paneles de calefacción y los elementos metálicos empotrados en el piso. Se permitirá que los paneles de calefacción con armadura metálica puesta a tierra, estén en contacto con el metal empotrado en el piso.
e) Protección de las puntas. Donde las puntas salgan del piso, se deben proteger mediante tubo conduit metálico pesado, tubo conduit metálico semipesado, tuboc onduit rígido no metálico, tubería eléctrica metálica o cualquier otro medio aprobado.
f) Pasacables y accesorios. Donde las puntas salgan de las baldosas del piso, se deben utilizar pasacables o accesorios aprobados.