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430-124. Protección contra sobrecarga.

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430-124. Protección contra sobrecarga. Se debe suministrar protección contra sobrecarga del motor.

a) Incluida en el equipo de conversión de potencia. Cuando el equipo de conversión de potencia está marcado para indicar que se incluye la protección contra sobrecarga del motor, no se exigirá protección adicional contra sobrecarga.

b) Circuitos de desviación (bypass). Para sistemas de accionamiento de velocidad ajustable que utilizan un dispositivo de desviación para permitir el funcionamient o del motor a la velocidad nominal de plena carga, se debe suministrar protección contra sobrecarga del motor, como la descrita en el Artículo 430, Parte C, en el circuito de desviación.

c) Aplicaciones con múltiples motores. Para aplicaciones con múltiples motores, se debe proporcionar protección individual contra sobrecarga del motor de acuerdo con el Artículo 430, Parte C.