430-14. Ubicación de los motores.
a) Ventilación y mantenimiento. Los motores deben estar ubicados de modo que tengan ventilación adecuada y que el mantenimiento, como por ejemplo la lubricación de los rodamientos y el cambio de escobillas, puedan ser realizados fácilmente.
- Excepción: No se exigirá ventilación para motores del tipo sumergible.
b) Motores abiertos. Los motores abiertos que tengan conmutadores o anillos colectores deben estar ubicados o protegidos de modo que las chispas no puedan alcanzar a los materiales combustibles cercanos.
- Excepción: Se permitirá la instalación de estos motores sobre pisos o soportes de madera.