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430-242. Motores estacionarios.

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430-242. Motores estacionarios. Los armazones de los motores estacionarios se deben poner a tierra en cualquiera de las circunstancias siguientes:

  • (1) Cuando estén alimentados por conductores con envolvente metálico.

  • (2) Cuando estén en un lugar mojado y no estén aislados o resguardados.

  • (3) Cuando estén en un lugar (clasificado) peligroso.

  • (4) Si el motor funciona con algún terminal a más de 150 volts a tierra. Cuando el armazón del motor no esté puesto a tierra, debe estar aislado de la tierra en forma permanente y eficaz.