430-42. Motores conectados a circuitos derivados de uso general. La protección contra sobrecarga de los motores conectados a circuitos derivados de uso general, tal como lo permite el Artículo 210, se debe brindar como se especifica en (a) hasta (d) siguientes:
a) No mayores de 746 watts (1 hp). Se permitirá conectar uno o más motores sin dispositivos individuales de protección contra sobrecarga a un circuito derivado de uso general, únicamente si la instalación cumple las condiciones limitantes especificadas en 430-32(b) y y y .
b) De más de 746 watts (1 hp). Se permitirá conectar motores de valor nominal mayor al especificado en a circuitos derivados de uso general, única mente cuando cada motor esté protegido por un dispositivo de protección contra sobrecarga selecciona do para proteger el motor según lo especificado en