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513-7. Alambrado

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513-7. Alambrado y equipos no instalados en áreas Clase I a) Alambrado fijo. Todo alambrado fijo en un hangar, pero que no esté dentro de áreas Clase I como se definen en , debe instalarse en canalizaciones metálicas o con cables tipo MI, TC o MC.

  • Excepción: El alambrado instalado en áreas no clasificadas como se definen en , se permite que sea cualquiera de los métodos de alambrado reconocidos en el Capítulo 3.

b) Alambrado Colgante. Para alambrado colgante se debe utilizar cordón flexible adecuado al tipo de servicio y aprobado para uso rudo o extra rudo. Cada cordón debe incluir un conductor de puesta a tierra de equipo separado.

c) Equipos que pueden formar arcos. En lugares por encima de los descritos en , los equipos que estén a menos de 3.00 metros por encima de las alas y de las envolventes de los motores de las aeronaves y que puedan producir arcos, chispas o partículas de metal caliente, tales como las lámparas y portalámparas de alumbrado fijo, cortacircuitos, interruptores, contactos, tableros de carga, generadores, motores u otros equipos con contactos deslizantes o de establecer e interrumpir, deben ser del tipo totalmente encerrado o estar construidos de modo que impidan la salida de chispas o partículas de metal caliente.

  • Excepción: Se permitirá utilizar equipos del tipo de propósito general en las áreas descritas en .

d) Portalámparas. Para el alumbrado incandescente fijo no se deben usar portalámparas de casquillo metálico recubierto de fibra.

e) Andamios, plataformas o pasillos de mantenimiento. Cuando los andamios, plataformas o pasillos de mantenimiento no estén ubicados o no sea probable que sean ubicados en lugares Clase I, como los define , el alambrado y los equipos deben cumplir lo establecido en 513-7, excepto que cuando tales alambrados y equipos estén a no más de 45 centímetros sobre el piso en cualquier posición, deben cumplir con . Los contactos y clavijas de conexión deben ser de un tipo de seguridad que no se desconectan fácilmente.

f) Andamios móviles. Los andamios móviles con equipos eléctricos que cumplan con 513-7(e) deben llevar por lo menos una señal de advertencia fijada permanente con la siguiente inscripción o equivalente: PRECAUCION: MANTENGASE A UNA DISTANCIA DE 1.50 METROS DE LAS AREAS DE LOS MOTORES Y TANQUES DE COMBUSTIBLE DE LAS AERONAVES