515-10. Gasolineras. Cuando se suministre gasolina u otros líquidos inflamables volátiles o gases licuados inflamables en las estaciones de almacenamiento, se aplican las disposiciones del Artículo 514.
515-10. Gasolineras. Cuando se suministre gasolina u otros líquidos inflamables volátiles o gases licuados inflamables en las estaciones de almacenamiento, se aplican las disposiciones del Artículo 514.