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515-16. Puesta a tierra y unión.

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515-16. Puesta a tierra y unión. Todas las canalizaciones metálicas, las cubiertas metálicas o armaduras metálicas de los cables y todas las partes metálicas de equipo eléctrico fijo o portátil, no portadoras de corriente, independientemente de la tensión, deben ser puestas a tierra y unidas de acuerdo con lo indicado en el Artículo 250. La puesta a tierra y la unión en las áreas Clase I deben cumplir con los requisitos indicados en para lugares Clase I, División 1 y 2, y en para lugares Clase I, Zona 0, 1 y 2.

NOTA: Para información adicional sobre puesta a tierra para protección contra la electricidad estática, véase el apéndice B. 76 (Quinta Sección-Vespertina) PROCESOS DE APLICACION POR ROCIADO, INMERSION Y RECUBRIMIENTO