517-35. Fuentes de alimentación a) Dos fuentes de alimentación independientes. Los sistemas eléctricos esenciales deben tener un mínimo de dos fuentes de energía in dependientes. Una fuente normal que generalmente alimente a todo el sistema eléctrico y una o más fuentes alternas para uso cuando se interrumpa el servicio normal.
b) Fuente alterna de energía. La fuente alterna de energía debe ser una de las siguientes:
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(1) Uno o varios generadores acoplados individualmente a un motor para accionamiento por fuerza motriz, ubicados en las instalaciones o predio.
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(2) Otra(s) unidad(es) generadora(s) donde la fuente normal consista de unidad(es) generadora(s) ubicada(s) en el predio.
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(3) Una acometida externa de la empresa de servicio público cuando la fuente normal consista de unidad(es) generadora(s) localizada(s) en el predio.
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(4) Un sistema de baterías ubicado en los inmuebles.
c) Localización de los componentes del sistema eléctrico esencial. Se debe considerar cuidadosamente la ubicación de los locales donde se encuentren los componentes del sistema eléctrico esencial, para minimizar interrupciones causadas por emergencias derivadas de fuerzas naturales comunes, por ejemplo: tormentas, inundaciones, terremotos y riesgos creados por estructuras o actividades contiguas. También deben considerarse las posibles interrupciones, por causas similares, de los servicios eléctricos normales proporcionados por el suministrador, así como la interrupción del servicio eléctrico debido a las fallas internas del alambrado o de los equipos.