← Volver al Inicio

525-20. Métodos

🔌 Abrir en Visor Interactivo

525-20. Métodos de alambrado a) Tipo. Cuando se utilicen cables o cordones flexibles deben ser de tipo extra rudo. Cuando se utilicen cables o cordones flexibles y no estén expuestos a daño físico, se permite que sean aprobados para uso rudo. Cuando se utilicen en exteriores, los cordones y cables flexibles también deben estar aprobados para lugares mojados y deben ser resistentes a la luz solar. Se permitirá utilizar cordones o cables flexibles de uso extra rudo como alambrado permanente en juegos mecánicos y atracciones portátiles cuando no estén sometidos a daños físicos.

b) Monoconductores. Se permite el uso de cables monoconductores de tamaño nominal de 33.6 mm 2 (2 AWG) o mayor.

c) Conductores abiertos. Los conductores abiertos están prohibidos, excepto que formen parte de un ensamble aprobado o guirnalda de iluminación instalada de acuerdo con el Artículo 225.

d) Empalmes. Los cordones o cables flexibles deben ser continuos, sin empalmes o derivaciones, entre las cajas o accesorios e) Conectores de cordón. No se deben dejar los conectores de cables en el suelo, a menos que estén aprobados para lugares mojados. Los conectores y conexiones de cables no se deben colocar en pasos de tráfico del público, o dentro de áreas accesibles al público, a menos que estén protegidos.

f) Soporte. El alambrado de un juego mecánico, atracción, carpa o estructura similar no debe estar soportado por otro juego o estructura, a menos que esté diseñado específicamente para ese propósito.

g) Protección. Los cordones o cables, accesibles al público, se deben disponer de modo que se reduzca al mínimo el riesgo de tropiezo y se permitirá que estén cubiertos por tapetes no conductores, siempre que los tapetes no constituyan un mayor riesgo de tropiezoq ue los cables descubiertos. Se permitirá enterrar los cables. No se deben aplicar los requisitos de .

h) Cajas y accesorios. Debe instalarse una caja o accesorio en cada punto de conexión, de salida, de desconexión o de empalme. 18 (Sexta Sección-Vespertina)