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525-3. Otros

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525-3. Otros Artículos a) Alambrado y equipo portátil. Cuando los requisitos de otros Artículos de esta NOM y el Artículo 525 difieran, los requisitos del Artículo 525 deben aplicarse al alambrado y al equipo portátil.

b) Estructuras permanentes. Los Artículos 518 y 520 deben aplicarse al alambrado de estructuras permanentes.

c) Equipos de procesamiento, amplif icación y reproducción de señales de audio. El Artículo 640 debe aplicarse al alambrado e instalación de equipo de procesamiento, amplif icación y reproducción de señales de audio. d). Atracciones que utilizan piscinas, fuentes e instalaciones similares con volúmenes contenidos de agua. Estos equipos se deben instalar cumpliendo los requisitos aplicables del Artículo 680.