551-20. Sistemas eléctricos combinados a) Generalidades. Se permite que el alambrado de vehículos para conexión a una batería o a una fuente de corriente continua, se conecte a una fuente de 120 volts, siempre y cuando el sistema completo de alambrado y el equipo tengan la capacidad y cumplan completamente con los requisitos de las partes A, B, C, D y E de este Artículo, para sistemas eléctricos de 120 volts. Los circuitos alimentados desde transformadores de corriente alterna no deben alimentar aparatos de corriente continua.
b) Convertidores de tensión (de 120 volts de corriente alterna a baja tensión de corriente continua). El lado de corriente alterna de un convertidor de 120 volts debe estar alambrado en completa conformidad con los requisitos de las partes A, B, C, D, y E de este Artículo, para sistemas eléctricos de 120 volts. 44 (Sexta Sección-Vespertina) - Excepción: No están sujetos a lo indicado anteriormente, los convertidores suministrados como parte integral de un aparato. Todos los convertidores y transformadores deben ser aprobados para uso en vehículos de recreo, y diseñados o equipados para proporcionar protección contra sobre temperaturas. Para determinar la capacidad nominal de los convertidores, se deben aplicar lo siguientes porcentajes a la carga total conectada, incluyendo el régimen promedio de carga de la batería de todos los equipos de 12 volts. Los primeros 20 amperes de la carga a por ciento, más Los segundos 20 amperes de la carga a 50 por ciento, más La carga arriba de 40 amperes al 25 por ciento.
- Excepción: Un aparato de baja tensión que es controlado por un desconectador de acción momentánea (normalmente abierto) que no tiene medios para mantenerse en la posición de cerrado, ni los refrigeradores que funcionan a 120 volts, no deben ser considerados como una carga conectada cuando se determine la capacidad nominal del convertidor requerido. Los aparatos energizados momentáneamente deben estar limitados a aquéllos utilizados para preparar el vehículo para su utilización o traslado.
c) Unión de la envolvente del convertidor de tensión. La envolvente metálica no portadora de corriente del convertidor de tensión, se debe conectar al chasis del vehículo mediante un conductor de cobre con un tamaño mínimo de 8.37 mm 2 (8 AWG). El convertidor de tensión debe tener un conductor independiente de unión al chasis que no se debe usar como conductor portador de corriente.
d) Artefactos con tensión dual, incluyendo luminarias y aparatos. Los artefactos, incluyendo las luminarias y aparatos, que tengan conexiones tanto para 120 volts como para baja tensión, deben ser del tipo aprobado para tensión dual.
e) Autotransformadores. No se deben usar autotransformadores.
f) Contactos y clavijas. Cuando un vehículo de recreo esté equipado con un sistema de corriente alterna, un sistema de baja tensión, o ambos, los contactos y clavijas del sistema de baja tensión deben tener una configuración diferente de la del sistema de corriente alterna. Cuando un vehículo equipado con una batería u otro sistema de baja tensión tenga una conexión externa para alimentación a baja tensión, el conector debe tener una configuración tal que no admita alimentación de corriente alterna.