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551-44. Conjunto de alimentación.

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551-44. Conjunto de alimentación. Cada vehículo recreativo debe tener sólo uno de los conjuntos de fuente de alimentación tratados a continuación:

a) Ensamble de alimentación principal de 15 amperes. Los vehículos de recreo con alambrado de acuerdo con lo indicado en , deben emplear un ensamble alimentador principal aprobado de 15 amperes o mayor.

b) Ensamble alimentador principal de 20 amperes. Los vehículos de recreo con alambrado de acuerdo con lo indicado en , deben emplear un ensamble alimentador principal aprobado de 20 amperes o mayor.

c) Ensamble alimentador de 30 amperes. Los vehículos de recreo alambrados de acuerdo con lo indicado en , deben emplear un ensamble alimentador principal aprobado de 30 amperes o mayor.

d) Ensamble alimentador de 50 amperes. Los vehículos de recreo con alambrado de acuerdo con lo indicado en , deben emplear un ensamble alimentador principal aprobado de 50 amperes, en 120/240 volts.