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551-46. Medios

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551-46. Medios de conexión a la fuente de alimentación a) Conjunto alimentador. El o los conjuntos alimentadores deben ser suministrados o instalados de fábrica y debe ser de uno de los tipos indicados a continuación:

  • 1) Separable. Cuando se proporcione un conjunto alimentador separable, compuesto de un cordón flexible con conector y clavija moldeada de conexión, el vehícu lo debe estar equipado con una entrada de superficie empotrada, montada de forma permanentemente (clavija de conexión tipo macho empotrada para base de motor), alambrado directamente al tablero de distribuc ión por un método de alambrado aprobado. La clavija debe ser aprobada.

  • 2) Conectado permanentemente. Cada conjunto alimentador debe estar directamente conectado a las terminales del tablero de distribución o a los conductores dentro de una caja de conexión y provista con los medios para impedir que se transmitan tensiones mecánicas a las terminales. La ampacidad de los conductores entre cada caja de conexiones y las terminales de cada tablero de distribución, debe ser por lo menos igual que la del cordón de alimentación. El ex tremo del ensamble del alimentador debe estar equipado con una clavija de conexión del tipo descrito en (c) siguiente. Cuando el cordón pase a través de paredes o pisos, debe estar protegido por medio de tubo con duit y pasacables o su equivalente. El cordón de alimentación debe estar protegido permanentemente contra la corrosión y daño mecánico mientras el vehículo esté circulando (en tránsito) o cuando el ensamble de cordón se almacena o remueve para usarse.

b) Cordones. La longitud útil expuesta del cordón debe estar medida desde el punto de entrada al vehículo de recreo o desde el frente de la entrada de superficie empotrada (clavija de conexión para base de motor) hasta el frente de la clavija de conexión en el extremo de la alimentación. La longitud útil expuesta del cordón, medida al punto de entrada en el exterior del vehículo, debe ser de al menos 7.50 metros cuando el punto de entrada esté en un costado del vehículo, o al menos de 9.00 metros cuando el punto de entrada al vehículo esté en la parte trasera. Cuando la entrada del cordón al vehículo está a má s de 90 centímetros sobre el terreno, la longitud mínima del cordón se debe aumentar en la distancia que hay en exceso de 90 centímetros.

NOTA: Véase inciso (e) siguiente.

c) Clavijas de conexión

  • 1) Unidades con un circuito derivado de 15 amperes. Los vehículos de recreo que tengan un solo circuito derivado de 15 amperes, como se permite en , deben tener una clavija de conexión de 2 polos, 3 conductores, del tipo con puesta a tierra, de capacidad de 15 amperes, 120 volts, que tengan la configuración mostrada en la Figura 551-46(c).
NOTA: Para información adicional sobre configuraciones de clavijas, véase el apéndice B.
  • 2) Unidades con un circuito derivado de 20 amperes. Los vehículos de recreo que tengan un solo circuito derivado de 20 amperes, como se permite en , deben tener una clavija de conexión de 2 polos, 3 conductores, del tipo con puesta a tierra, de capacidad de 20 amperes, 120 volts, que tengan la configuración indicada en la Figura 551-46(c).

  • 3) Unidades con dos a cinco circuitos derivados de 15 o 20 amperes. Los vehículos de recreo con alambrado de acuerdo con lo indicado en , de ben tener una clavija de conexión de 2 polos, 3 conductores, del tipo con puesta a tierra de capacidad de 30 amperes, 120 volts, que cumpla con la configuración indicada en la Figura 551-46(c), destinada para usarse con unidades de capacidad 30 amperes, 120 volts.

  • 4) Unidades con ensamble de fuente de alimentación de 50 amperes. Los vehículos de recreo que tengan un conjunto alimentador de capacidad de 50 amperes, como lo permite , deben tener una clavija de conexión de 3 polos, 4 conductores, del tipo con puesta a tierra, de capacidad de 50 amperes, 127/220 o 120/240 volts, que cumpla con la configuración mostrada en la Figura 551-46 (c).

Figura 551 46 C
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Figura 551 46 CIlustración NOM

d) Etiquetado en la entrada eléctrica. Cada vehículo de recreo debe tener permanentemente adherida, en su superficie externa en o cerca del punto de entra da de los cordones de alimentación, una etiqueta de dimensiones mínimas de 7.5 x 4.5 cen tímetros grabada, estampada, o en relieve, de bronce, acero inoxidable o aluminio anodizado o con recubrimiento de aluminio , de espesor no menor que 0.5 08 milímetros o de otro material adecuado (por ejemplo lámina de plástico de 0.127 milímetros de espesor) mediante grabado o estampado en la cual se lea, según el caso, cualquiera de las siguientes notas: “ESTA CONEXION ES PARA volts, CORRIENTE ALTERNA, 60 HERTZ, CON UN SUMINISTRO DE _______ AMPERES” o “ESTA CONEXION ES PARA /127 VOLTS o 120/240 VOLTS, CORRIENTE ALTERNA, 3 FASES, 4 HILOS, 60 HERTZ, CON SUMINISTRO DE ________ AMPERES” La capacidad nominal de corriente debe indicarse en el espacio en blanco.

e) Ubicación. El punto de entrada del ensamble alimentador debe estar ubicado a no más de 4.50 metros de la parte trasera del vehículo, en el lado izquierdo o en la parte trasera a la izquierda del vehículo dentro de una distancia de 45 centímetros de la pared exterior.

  • Excepción 1: Se permite que un vehículo de recreo equipado, solamente con un sistema flexible de drenaje aprobado o un sistema de ventilación y drenaj e con escape lateral, que tenga el punto de entrada de suministro eléctrico en cualquier lado, siempre que los tubos de drenaje de la instalación sanitaria estén del mismo lado.

  • Excepción 2: Se permite que en un vehículo de recreo el punto de entrada de suministro eléctrico esté a más de 4.50 metros desde la parte trasera. Cuando esto ocurre, la distancia que exceda de 4.50 metros debe agregarse a la longitud mínima del cordón como se establece en 551-46(b).

  • Excepción 3: Se permitirá que los vehículos recreativos diseñados para el transporte de ganado tengan el punto de entrada de la instalación eléctrica ubicado en cualquiera de los lados o en el frente.