551-73. Cálculo de cargas a) Bases del cálculo. La acometida y los alimentadores eléctricos deben calcularse basándose en no menos de:
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(1) 9600 voltamperes, por lugar equipado con instalaciones de suministro de 50 amperes a 120/240 volts;
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(2) 3600 voltamperes, por lugar equipado con instalaciones de suministro de 20 y 30 amperes;
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(3) 2400 voltamperes, por lugar equipado con instalación de suministro de 20 amperes; y - (4) 600 voltamperes, por lugar equipado con instalaciones de alimentación de 20 amperes que son dedicados exclusivamente a tiendas de campaña. Los factores de demanda mostrados en la Tabla 55 1-73(a) deben ser los mínimos permitidos que se utilicen en el cálculo de la carga para la acometida y los alimentadores. Cuando el suministro eléctrico para un lugar para un vehículo de recreo tenga más de un contacto, el cálculo de la carga debe realizarse únicamente para el contacto de valor nominal mayor. 56 (Sexta Sección-Vespertina) Cuando la alimentación eléctrica esté en un lugar que sirva a dos vehículos recreativos, el equipo para ambos lugares debe cumplir lo indicado en y la carga calculada sólo se debe determinar para los dos contactos con valor nominal más alto.