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551-79. Libramiento de los conductores aéreos.

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551-79. Libramiento de los conductores aéreos. Los conductores aéreos de no más de 600 volts nominal, deben tener un claro vertical no menor que 5.50 metros y un claro horizontal no menor que 90 centímetros en todas las áreas sujetas al movimiento de vehículo de recreo. En las demás áreas, los claros deben cumplir con lo indicado en y .

NOTA: Para información adicional sobre libramientos de conductores de más de 600 volts, véase y .