605-2. Generalidades. Los sistemas de alambrado se deben identificar como apropiados para suministrar energía a los accesorios de alumbrado y aparatos eléctricos en divisiones prealambradas. Estas divisiones no deben extenderse desde el piso hasta el techo.
- Excepción: Cuando se permita, estas divisiones alambradas reubicables podrán llegar hasta el plafón, pero sin penetrar en él.
a) Usos. Estos conjuntos deben instalarse y usarse sólo como se indica en este Artículo.
b) Areas peligrosas (clasificadas). Cuando se usen divisiones prealambradas en áreas peligrosas (clasificadas), deben cumplir con los Artículos 500 a 517, además de lo indicado en éste.