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620-3. Limitaciones de tensión.

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620-3. Limitaciones de tensión. La tensión de suministro no debe exceder de 300 volts entre los conductores, a menos que se permita otra cosa en (a) hasta (c).

a) Circuitos de fuerza. Los circuitos derivados para los controladores de operación y motores de la puerta, así como los circuitos derivados y alimentadores de los controladores de motor, motores del elevador y frenos del elevador, no deberán tener una tensión que exceda 600 volts. Se permite que las tensiones internas para la conversión de energía y equipo func ionalmente asociado, así como la tensión de operación del alambrado que interconecta el equipo, sean más al tas, siempre que dichos equipos y el alambrado estén aprobados para esa tensión. Cuando la tensión supere los 600 volts, se deben instalar en lugar notablemente visible en los equipos, etiquetas o anuncios de advertencia con la indicación "PELIGRO-ALTA TENSION".

b) Circuito de alumbrado. Los circuitos de alumbrado deben cumplir con lo requerido en el Artículo 410.

c) Circuitos de calefacción y aire acondicionado. Los circuitos derivados para equipo de calefacción y aire acondicionado de la cabina, no deben operar a más de 600 volts.