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625-29. Lugares interiores.

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625-29. Lugares interiores. En los lugares interiores se deben incluir, entre otros, los garajes integrados, Apéndices o separados de las viviendas; los estacionamie ntos cerrados y subterráneos, los garajes públicos con o sin taller de reparación y los edificios agrícolas.

a) Ubicación. El equipo de alimentación para vehículos eléctricos debe estar ubicado de modo que se pueda conectar directamente el vehículo.

b) Altura. Si no está específicamente aprobado para ese uso y lugar, el medio de acoplamiento del equipo de alimentación para vehículos eléctricos debe estar ubicado o guardado a una altura no inferior a 45 centímetros y no superior a 1.20 metros sobre el nivel del piso.

c) Ventilación no requerida. No se exige ventilación mecánica cuando se empleen baterías herméticas para el vehículo eléctrico o cuando el equipo de alimentación para vehículos eléctricos esté aprobado o marcado como adecuado para carga de vehículos eléctricos en lugares interiores sin ventilación, y esté marcado de acuerdo con .

d) Ventilación requerida. Cuando el equipo de alimentación para vehículos eléctricos esté aprobado o marcado como adecuado para carga de vehículos eléctricos que necesiten ventilación para la acción de carga en lugares interiores y estén marcados de acuerdo con , se debe proporcionar ventilación mecánica, por ejemplo por medio de un ventilador . La ventilación debe incluir tanto el equipo de alimentación como el equipo mecánico de extracción de aire, esta ventilación debe estar permanentemente instalada y ubicada de 2 (Séptima Sección-Vespertina) modo que tome aire y lo descargue directamente hacia el exterior. Los sistemas de ventilación de presión positiva sólo se permiten en edificios o áreas que se hayan diseñado y aprobado específicamente para tal aplicación. Los requisitos de la ventilación mecánica deben determinarse por uno de los métodos especificados en (1) hasta (4), siguientes:

  • 1) Valores tabulados. Para las tensiones y corrientes especificadas en la tabla 625-29(d)(1) o en la tabla 625-29(d)(2) los requisitos mínimos de ventilación deben se r los especificados en la tabla 625-29(d)(1) o en la tabla 625-29(d)(2), para cada uno del total de vehículos eléctricos que se puedan cargar al mismo tiempo.

Cargando datos de la tabla: TABLA_625_29_D_1...

625-29(d)(2) los requisitos mínimos de ventilación, deben ser calculados por medio de las siguientes fórmulas, según sea aplicable:
  • (1) Instalaciones monofásicas:

  • (2) Instalaciones trifásicas:

Cargando datos de la tabla: TABLA_625_29_D_2...