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640-3. Ubicaciones y otros Artículos.

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640-3. Ubicaciones y otros Artículos. Los circuitos y el equipo deben cumplir con los incisos (a) hasta (m), según aplique.

a) Propagación del fuego o de los productos de la combustión. Se debe aplicar .

b) Ductos, plenum y otros espacios para manejo de aire. Ver para los circuitos y equipos instalados en ductos o plenums u otros espacios empleados para aire ambiental.

c) Charolas portacables. Las charolas portacables deben emplearse de acuerdo con el Artículo 392.

NOTA: Con respecto al uso de cable Clase 2, Clase 3 y del tipo PLTC en charolas portacables, ver .

d) Lugares (clasificados) peligrosos. El equipo empleado en lugares (clasificados) peligrosos debe cumplir con los requisitos aplicables del Capítulo 5.

e) Sitios de reunión. El equipo empleado en sitios de reunión debe cumplir con las disposiciones del Artículo 518.

f) Teatros, áreas para el público en estudios de cine y televisión y lugares similares. El Equipo empleado en teatros, áreas para el público en estudios de cine y televisión y los lugares similares deben cumplir con las disposiciones del Artículo 520.

g) Carnavales, circos, ferias y eventos similares. El equipo empleado en carnavales, circos, ferias y eventos similares debe cumplir con las disposiciones del Artículo 525.

h) Estudios de cine y televisión. El equipo empleado en estudios de cine y televisión debe cumplir con las disposiciones del Artículo 530.

i) Albercas, fuentes y lugares similares. El equipo de audio empleado en las albercas, fuentes y ubicaciones similares, o cerca de tales lugares, debe cumplir con las disposiciones del Artículo 680.

j) Sistemas combinados. Cuando se permita la combinación de sistemas de audio para llamado por altavoces o música, o ambos, con sistemas de alarma contra incendios, el alambrado deberá cumplir con las disposiciones del Artículo 760.

NOTA: En cuanto a los requisitos de instalación de tales sistemas combinados ver Apéndice B.

k) Antenas. El equipo empleado en sistemas de audio quecontenga un sintonizador de audio o video y una entrada de antena debe cumplir con las disposiciones del Artículo 810. El alambrado diferente al de la antena queconecta dicho equipo a otro equipo de audio debe cumplir con las disposiciones de este Artículo.

l) Generadores. Los generadores se deben instalar de acuerdo con hasta , hasta y . La puesta a tierra de los generadores portátiles y montados en vehículos se debe hacer de acuerdo con .

m) Organos de tubo. La incorporación de órganos de tubos a órganos electrónicos debe hacerse de acuerdo con hasta .