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645-6. Cables fuera de la sala de equipos de tecnología de la información.

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645-6. Cables fuera de la sala de equipos de tecnología de la información. Los cables que se extiendan más allá de la sala de equipos de tecnología de la información están sujetos a los requerimientos aplicables de esta NOM.

NOTA: Para circuitos de señalización referirse al Artículo 725, para circuitos de fibra óptica y canalizaciones referirse al Artículo 770, para circuitos de comunicaciones referirse al Artículo 800, para sistemas de alarma de fuego referirse al Artículo 760 y para circuitos comunitarios de antena de televisión (CATV) referirse al Artículo 820.