680-70. Generalidades.
Las tinas de hidromasajes, definidas en deben cumplir con esta parte del Artículo 680 y no se exigirá que se cumplan otras partes del mismo Artículo.
680-70. Generalidades.
Las tinas de hidromasajes, definidas en deben cumplir con esta parte del Artículo 680 y no se exigirá que se cumplan otras partes del mismo Artículo.