690-52. Módulos fotovoltaicos de corriente alterna. Los módulos de corriente alterna deben estar marcados con la identificación de las puntas o terminales y los siguientes valores:
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(1) Tensión nominal de operación de corriente alterna.
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(2) Frecuencia nominal de operación de corriente alterna.
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(3) Potencia máxima de corriente alterna.
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(4) Corriente máxima de corriente alterna.
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(5) Valor nominal máximo del dispositivo de sobrecorriente para la protección del módulo de corriente alterna.