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700-10. Alambrado del sistema de emergencia.

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700-10. Alambrado del sistema de emergencia.

a) Identificación. Todas las cajas y envolventes de los circuitos de emergencia (incluyendo los interruptores de transferencia, generadores y tableros de fuerza) deben estar marcadas permanentemente de modo que sean fácilmente identificados como un componente de un sistema o circuito de emergencia.

b) Alambrado. Se permitirá que el alambrado de dos o más circuitos de emergencia alimentados desde la misma fuente esté en la misma canaliz ación, cable, caja o gabinete. El alambrado desde una alimentación de emergencia o desde la protección contra sobrecorriente de la fuente del sistema de distribución de emergencia hasta las cargas de emergencia debem antenerse totalmente independiente de cualquier otro alambrado y equipo, a menos que se permita otra cosa en los incisos (1) hasta (5) siguientes:

  • (1) Alambrado proveniente de la fuente de alimentación normal ubicada en los envolventes del equipo de transferencia.

  • (2) Alambrado alimentado desde dos fuentes, en luminarias en las salidas o de emergencia.

  • (3) Alambrado desde dos fuentes en un relevador de control de carga aprobado, suministrando energía a luminarias de salidas o de emergencia, o en una caja de empalme común, unida a las luminarias en las salidas o de emergencia.

  • (4) Alambrado dentro de una caja de empalme común unido a un equipo unitario, que contenga únicamente el circuito derivado que alimenta ese equipo y el circuito de emergencia alimentado por el mismo equipo.

  • (5) Alambrado proveniente de una alimentación de emergencia para alimentar cualquier combinación de cargas de emergencia, legalmente requeridas o cargas opcionales, de acuerdo con (a) hasta (d) siguientes:

    • a. Desde secciones verticales separadas del tabler o de distribución, con o sin una barra conductora común, o desde desconectadores individuales montados en envolventes separados.

    • b. Se permitirá que la barra conductora común o las secciones separadas del tablero de distribución o los envolventes individuales sean alimentados por uno o por múltiples alimentadores sin protección contra sobrecorriente en la fuente.

    • Excepción: para (5)(b): Se permitirá protección contra sobrecorriente en la fuente o para el equipo, siempre que dicha protección cumpla con los requisitos de .

    • c. Los circuitos de reserva opcionales y los legalmente requeridos no se deben originar en la misma sección vertical del tablero de distribución, envolvente del panel de distribución o envolvente del desconectador individual como circuitos de emergencia.

    • d. Se permitirá que se utilicen alimentadoress encillos o múltiples para suministrar a equipos de distribución entre una fuente de emergencia y el punto donde la combinación de cargas de emergencia, legalmente requeridas u opcionales, se separan.

c) Diseño y ubicación del alambrado. Los circuitos del alambrado de emergencia se deben diseñar y ubicar de modo que se reduzcan al mínimo los riesgos de falla por inundaciones, incendios, temblores, vandalismo y otras condiciones adversas. d) Protección contra incendios. Los sistemas de emergencia deben cumplir los requisitos adicionales de (d)(1) a (d)(3) siguientes en lugares para reuniones en los que pueda haber más de 1000 personas o en edificios de más de 23 metros de altura con cualquiera de las siguientes clases de utilización: para reuniones, educación, comercio, negocios, residencia, centros de detención y correccionales:

  • 1) Alambrado del circuito del alimentador. El alambrado del circuito del alimentador debe cumplir con una de las siguientes condiciones: (a) Estar instalado en espacios o áreas totalmente protegidas por sistemas automáticos de extinción de incendios. (b) Ser un sistema aprobado de protección del circui to eléctrico, con una clasificación nominal de resistencia al fuego de mínimo 2 horas. (c) Estar protegido por un sistema de barrera térmica aprobado para componentes eléctricos del sistema con una clasificación de resistencia al fuego de mínimo 2 horas. (d) Estar protegido por un sistema de barrera té rmica certificado para componentes eléctricos del sistema, cuya clasificación mínima de resistencia al fuego sea de 2 horas. (e) Estar revestido con un mínimo en 5 centímetros de concreto.

  • 2) Equipo del circuito alimentador. El equipo para el circuito alimentador (incluidos los desconectadores de transferencia, transformadores, tableros de distribución, y similares) debe instalarse en espacios totalmente protegidos por sistemas automáticos de extinción de incendios (incluyendo rociadores automáticos, sistemas de dióxido de carbono, entre otros) o en espacios con clasificación nominal de resistencia al fuego de 2 horas.

  • 3) Alambrado de control del generador. Los conductores de control instalados entre el equipo de transferencia y el generador de emergencia se deben mantener totalmente independientes del otro alambrado y deben cumplir las condiciones de 700-10 (d)(1).