725-46. Métodos de alambra do para circuitos Clase 1. Los circuitos Clase 1 se deben instalar de acuerdo con la Parte A del Artículo 300 y con los métodos de alambrado de los Artículos adecuados del Capítulo 3.
-
Excepción 1: Se permitirá aplicar las disposiciones de hasta en las instalaciones de los circuitos Clase 1.
-
Excepción 2: Los métodos permitidos o exigidos por otros artículos de esta NOM se deben aplicar a la instalación de circuitos Clase 1.