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800-47. Alambres y cables subterráneos de comunicaciones que entran a edificios.

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800-47. Alambres y cables subterráneos de comunicaciones que entran a edificios. Los alambres y cables subterráneos de comunicaciones que entren en los edificios, deben cumplir con (a) y (b) siguientes. Los requisitos de no aplican para alambres y cables de comunicaciones. a). Con conductores de alumbrado o fuerza. Los alambres y cables de comunicaciones subterráneos instalados en canalizaciones, registros o pozos de visita en los que haya conductores de alumbrado o fuerza, conductores de circuitos Clase 1 o de alarma contra incendios que no sean de potencia limitada, deben estar separados de estos conductores por medio de un muro divisorio de ladrillo, concreto o loseta o por medio de una barrera adecuada. b). Distribución subterránea en la cuadra. Cuando todo el circuito de la calle sea subterráneo y el circuito dentro de la cuadra esté colocado de tal manera que no haya riesgo de contacto accidental con circuitos de alumbrado o fuerza de más de 300 volts a tierra, no deben aplicarse los requisitos de aislamiento indicados en y , ni se exige colocar soportes aislantes para los conductores, ni se necesitan boquillas para la entrada de los conductores al edificio.