810-3. Otros Artículos aplicables. El alambrado desde la fuente de su ministro de energía a y entre los dispositivos conectados al sistema de alambrado interior y entre dichos dispositivos deben cumplir con los Capítulos 1 a 4, excepto por las modificaciones indicadas en las Partes A y B del Artículo 640. El alambrado para equipo de procesamiento, amplific ación y reproducción de señales de audio debe cumplir con el Artículo 640. El cable coaxial que conecta las antenas a los equipos debe cumplir con lo establecido en el Artículo 820.