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820-100(B)(2)

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  • 2) En edificios o estructuras con medios de puesta a tierra. Si el edificio o estructura alimentada no tiene una terminal de unión intersistemas, el conductor de unión o el conductor de electrodo de puesta a tierra se deben conectar al lugar accesible más cercano de los siguientes:

  • (1) El sistema de electrodos de puesta a tierra del edificio o estructura conforme con lo establecido en ;

  • (2) El sistema interior de tuberías metálicas de agu a, dentro de 1.50 metros desde su punto de entrada al edificio, acorde a ;

  • (3) Los medios accesibles externos de la envolvente de acometida conforme con lo establecido en la - excepción: de ;

  • (4) La canalización metálica no flexible de acometida;

  • (5) La envolvente de los equipos de acometida;

  • (6) El conductor de electrodo de puesta a tierra o la envolvente metálica del conductor de electrodo de puesta a tierra de acometida, o - (7) Al conductor de electrodo de puesta a tierra o electrodo de puesta a tierra del medio de desconexión de un edificio o estructura que está conectado a un electrodo, como se especifica en . Un dispositivo de unión proyectado para proporcionar un punto de terminación para el conductor de puesta a tierra (unión de intersistemas) no debe interferir con la apertura del envolvente del equipo. Dicho dispositivo se debe montar en las partes no removibles, y no se debe montar en una puerta o una tapa aunque éstas no sean removibles. Para los propósitos de esta sección, se deben considerar como accesibles el equipo de acometida de una casa móvil o el medio de desconexión de ésta, según se describe en .