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820-44. Cables coaxiales aéreos.

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820-44. Cables coaxiales aéreos. Los cables coaxiales aéreos, antes del punto de puesta a tierra como se define en , deben cumplir con lo indicado en los incisos siguientes (a) hasta (e):

a) Sobre postes y claros. Cuando los cables coaxiales y conductores eléctricos de alumbrado o de fuerza estén soportados en el mismo poste o corran paralelos en el tramo interpostal, deben cumplir con las siguientes condiciones.

  • 1) Ubicación relativa. Cuando sea posible, los cables coaxiales deben ubicarse abajo de los conductores eléctricos de alumbrado o fuerza.

  • 2) Fijación a las crucetas. Los cables coaxiales no se deben fijar a crucetas que soporten conductores eléctricos de alumbrado o de fuerza.

  • 3) Espacio para subir . El espacio para subir, entre los cables coaxiales debe cumplir con los requisitos indicados en (d).

  • 4) Libramiento. Las acometidas aéreas o c ables de entrada coaxiales desde un poste u otro soporte, incluyendo el punto inicial de fijación al edificio o estructura, se deben mantener alejados de los conductores de alumbrado, fuerza, Clase 1 o de circuitos de alarma de incendio de potencia limitada de manera que se evite la posibilidad de un contacto accidental. Excepción. Cuando no se pueda evitar la proximidad a lo s conductores de alumbrado, fuerza, Clase 1 o de circuitos de alarma de incendio de potencia limitada, la instalación debe tener un libramiento mínimo de 30 centímetros de cualquier conductor de alumbrado, fuerza, Clase 1 o de circuitos de alarma de incendio de potencia limitada. Los requisitos de libramiento aplican en todos los puntos a lo largo de la bajada de servicio y se debe aumentar a 1.00 metro en el poste. b). Sobre azoteas. Los cables coaxiales deben tener un libramiento vertical mínimo de 2.50 metros desde todos los puntos de los techos sobre los cuales pasen.

    • Excepción 1: Edificios auxiliares, tales como cocheras (garajes, estacionamientos) y similares.

    • Excepción 2: Se permite una reducción en el libramiento sólo en la parte del alerón de la azotea, de cuando menos de 46 centímetros si: 1) los conductores de acometida de los sistemas de comunicaciones pasan sobre el alerón de la azotea a no más de 1.20 metros, y 2) terminan en un mástil tipo canalización u otro soporte aprobado.

    • Excepción 3: Si el techo tiene una pendiente no menor que 10 centímetros por cada 30 centímetros, se permite una reducción del libramiento a un mínimo de 90 centímetros.

c) En mástiles . Se permite sostener los cables coaxiales aéreos en un mástil tipo canalización situado encima de la azotea, que no contenga, ni sostenga conductores de circuitos de alumbrado o fuerza.

d) Entre edificios. Los cables coaxiales que vayan de un edificio a otro, así como sus soportes y accesorios de fijación, deben ser adecuados para ese pr opósito y deben tener suficiente resistencia mecánica para soportar las cargas a las que puedan verse sometidos.

  • Excepción: Cuando un cable coaxial no tenga suficiente resistencia mecánica para ser autosoportado, debe estar soportado por un cable mensajero que, junto con sus herrajes o accesorios de fijación, sea adecuado para ese fin y tenga una resistencia mecánica suficiente para soportar las cargas a las que pueda verse sometido.

e) Sobre los edificios. Cuando los cables coaxiales estén fijados a edificios, deben estar amarrados firmemente de manera que queden separados de otros conducto res, como se indica a continuación en (1), (2) y :

  • 1) Alumbrado o fuerza. El cable coaxial debe tener una separación de por lo menos 10 centímetros de los conductores de alumbrado o de fuerza, Clase 1 o de circuitos de alarma contra incendios de potencia no limitada, que no estén dentro de una canalización o cable, o estar permanentemente separados de los conductores de otro sistema por medio de un material no conductor continuo y firmemente fijado, adicional al aislamiento de los alambres.

  • 2) Otros sistemas de comunicaciones. El cable coaxial debe instalarse de forma que no interfiera innecesariamente durante el mantenimiento a otros sistemas. En ningún caso los conductores, cables, cables mensajeros o equipos de un sistema, deben causar abrasión en los conductores, cables, cables mensajeros o equipos de cualquier otro sistema.

  • 3) Conductores del sistema de protección contra descargas atmosféricas. Cuando sea posible, se debe mantener una separación no menor que 1.80 metros entre los cables coaxiales y los conductores del sistema de protección contra descargas atmosféricas.