922-102. Aisladores para retenidas (en líneas de distribución) a) Resistencia mecánica. Los aisladores para retenidas deben tener resistencia mecánica a la compresión igual o mayor que el cable de la retenida.
b) Tensión de flameo. La tensión de flameo en seco de los aisladores debe ser como mínimo el doble de la tensión entre fases de la línea y la de flameo en húmedo, como mínimo igual que la tensión nominal.
c) Uso de aisladores en retenidas
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1) Los aisladores deben instalarse a una altura menor que 2.50 metros del nivel del piso.
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2) Cuando una retenida no esté efectivamente conecta da a tierra y pase cerca de conductores o partes descubiertas energizadas a más de 300 volts, debe instal arse aislamiento en ambos lados de manera que el tramo de la retenida expuesto a contacto con dichos conductores o partes energizadas, quede aislado. Véase , referente a puesta a tierra de retenidas.
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3) Para retenidas instaladas en líneas suministrado ras abiertas de 0 a 300 volts debe instalarse un aislador aprobado, o bien conectarse a tierra como se establece en .